Autorización Ambiental Integrada

IPPCLa Autorización Ambiental Integrada (AAI) es una resolución que permite explotar la totalidad o parte de una instalación industrial bajo determinadas condiciones en España. Está definida en el artículo 3 de la Ley 16/2002 (Ley IPPC), del 1 de julio, como “la resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación, por la que se permite, a los solos efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de está Ley.” Esta ley es la transposición de la Directiva 1996/61/CE, del Consejo De 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación

La AAI aglutina diversas autorizaciones que las empresas tenían que solicitar por separado:

  • Autorización de producción y gestión de residuos (incluidos los de incineración de residuos municipales y peligrosos).
  • Autorización de vertidos a las aguas continentales.
  • Autorización de vertidos desde tierra al mar.
  • Otras exigencias contenidas en la legislación sectorial aplicables a distintos sectores industriales.

El Anexo 1 de la Ley 16/2002 contiene un listado en el que se definen los tipos de actividades y las capacidades mínimas de producción que hacen obligatorio solicitar una AAI. Instalaciones existentes tenían que solicitar la autorización antes del 1 de enero de 2007, para instalaciones nuevas es obligatorio solicitarla antes de su construcción, montaje, explotación o traslado. El órgano competente tiene un plazo de 10 meses para decidir sobre el otorgamiento.

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